Declaratoria "sin lugar" del recurso intentado contra el Reglamento del Fondo de Previsión, Pensiones y Jubilaciones del Banco Central de Venezuela

El link que agregamos a la presente nota, nos lleva a la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, cuya ponente fue la Doctora Evelyn Marrero Ortíz, en la cual decide el recurso contencioso administrativo de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de algunos literales del artículo 83 ,especificamente en las Disposiciones Transitorias del Reglamento del Fondo de Previsión, Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores del Banco Central de Venezuela,instrumento regulatorio parcialmente modificado por el Directorio de ese ente emisor en fecha 26 de agosto de 2004.

La importancia de este documento, entre otros aspectos por considerar en base a esa decisión, lo constituye el hecho de ratificar que, el Banco Central de Venezuela es un ente con autonomía funcional, facultado por su propia ley para reglamentar en materia de seguridad social, razón por la cual los argumentos alegados por los recurrentes carecen de todo fundamento jurídico, en ese sentido.





06487-131205-2005-4715.htm

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